A
pocas horas de participar del primer eslabón de la larga cadena de actos
electorales que se extenderán hasta mayo de 2020 es importante informar a la
población algunos aspectos que no dejan de ser trascendentes al momento de
emitir el voto.
Algunas
informaciones y spots publicitarios tienden a confundir a una parte de la
sociedad que no tiene claro qué es lo que se elige el próximo domingo 30,
instancia que no es obligatoria pero que es por demás valiosa porque el
ciudadano habilitado tiene el enorme honor de participar en los destinos del
país, sobre todo eligiendo a aquel, que de acuerdo a su predilección, reúna las
condiciones para competir y tratar de obtener el sillón presidencial.
Se
pueden observar y máxime en este tramo final, pasacalles, pancartas, carteles,
spots publicitarios, videos, mensajes, que hablan de la elección del Presidente
y otros de Intendentes.
Pero,
es necesario decirle a la población que no se deje confundir porque el 30 de
junio se vota el candidato de cada partido a la Presidencia y cada uno de
quienes compiten son precandidatos.
El próximo domingo no se vota, no se elige Intendente. Se votan representantes
que luego formarán parte de la convención y será ésta la que elija en el seno
de cada partido su candidato a Intendente, no es la población quien lo decide,
eso ocurrirá en mayo de 2020.
En
las hojas de votación más conocidas por la ciudadanía como listas figuran los
nombres de los futuros convencionales nacionales y departamentales que después
tendrán la responsabilidad de resolver quién los representará.
Los
convencionales nacionales eligen el candidato a presidente y sólo el Frente
Amplio hasta el momento es el único que tiene un plenario que es el que
finalmente lauda este tema.
Algunos
Detalles
Resumiendo
entonces, en las internas se eligen los candidatos únicos a la presidencia de
cada partido. El candidato es electo directamente si consigue más de 50% de los
votos emitidos en su partido o más de 40% con una diferencia de 10 puntos
porcentuales sobre el segundo.
También
se eligen los órganos deliberativos nacionales-ODN- y departamentales-ODD-, conocidos también
como convenciones nacionales y departamentales.
Realizadas
las internas, los ODN deben proclamar las fórmulas presidenciales; es decir, al
candidato electo para la presidencia le deben sumar el candidato a la
vicepresidencia.
Por
ley, los ODN tienen que tener 500 integrantes, por lo que si un lema no
consigue esa cantidad de votos en las internas, no queda habilitado a
participar en las elecciones nacionales ni en las departamentales del año
siguiente.
Los
ODD proclaman los candidatos a las intendencias, que pueden ser más de uno por
partido pero, de acuerdo a la Constitución no más de tres.